Senado: urge la desaparición de poderes en el estado de Guanajuato
“Allá en mi León, Guanajuato, la vida no vale nada”
José Alfredo Jiménez
Clemente Martínez Rendón
La primera vez que leí sobre el tema de la desaparición de poderes en México, fue en el libro titulado La desaparición de poderes en el Estado de Guerrero, cuyo autor, es el doctor Marcial Rodríguez Saldaña, actualmente secretario de Educación de Guerrero, y ex rector de la UAGro, por cierto, el más joven de la historia de dicha universidad, tenía 29 años; históricamente Guerrero ha sido el estado a nivel nacional, al que se le ha aplicado seis veces la fracción V, del artículo 76, de nuestra Carta Magna, (donde se habla que el Senado tiene la facultad de desaparecer los poderes en un estado); ahí sí, nos disculpan pero nadie nos gana, somos el primer lugar, por eso nos ganamos el mote de que somos broncos, no crean que es casualidad que un guerrerense haya consumado la Independencia, el general Vicente Guerrero Saldaña.
El segundo lugar, con cinco veces se lo lleva Tamaulipas y el tercero, con cuatro, curiosamente es el estado de Guanajuato, que es tema toral de este artículo, la primera fue el 8 de junio de 1920, cuando se decretó la desaparición de los poderes con motivo del Plan de Agua Prieta; la segunda el 1º de junio de 1932, cuando el gobernador fue acusado de violaciones a las garantías individuales; la tercera, fue el 16 de diciembre de 1935; se acusó a los poderes de fraguar una conspiración y de tomar medidas contrarrevolucionarias; y la cuarta, se dio el 8 de enero de 1946, se desaparecieron los poderes tras los acontecimientos del 2 de enero del mismo año en León, cuando manifestantes se enfrentaron al Ejército.
En Guanajuato, actualmente las condiciones están dadas para que el Senado de la República, proceda a la desaparición de poderes, bajo el fundamento de la fracción V, del artículo 76 de nuestra Carta Magna, en relación con la fracción II, que textualmente dice, “II.- Abandonaren el ejercicio de sus funciones…”); de la Ley Reglamentaria de la fracción V, del mismo artículo, y los motivos se basan en las graves violaciones a las garantías individuales de los guanajuatenses por el gobernador panista Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, quien ha dejado de cumplir con sus tareas elementales, que son brindar seguridad y acceso a la justicia a sus conciudadanos.
El PAN gobierna Guanajuato desde hace 32 años, el actual mandatario estatal aprendió muy bien de la escuela que le dejó el nefasto ex presidente que instauró en México un narco gobierno, Felipe Calderón Hinojosa, y ha dejado en manos del crimen la administración de ese estado.
Es necesario señalar que históricamente se ha utilizado la fracción V del artículo 76 constitucional, como una herramienta política.
Conclusiones:
PRIMERA. El fiscal de Guanajuato, Carlos Zamarripa Aguirre, estará 19 años en dicho cargo, (apenas lleva 14, le faltan 5); el escándalo más reciente fue el asesinato de 6 mujeres en dicho estado, la única manera de quitarlo es que los ciudadanos se organicen para que haya un cambio social en esa entidad, puede ser a través del voto.
SEGUNDA. Diego Sinhue Rodríguez Vallejo ha abandonado el ejercicio de sus funciones, violando nuestra Carta Magna. El Senado de la República debe tomar cartas en el asunto, ya que en Guanajuato se están violando los derechos humanos más elementales de los ciudadanos de esa entidad.
TERCERA. El presidente Andrés Manuel López Obrador no debe ser indiferente a esta situación, no puede andar pregonando su Cuarta Transformación, cuando en Guanajuato no hay un orden constitucional y debe aplicar la fracción V del artículo 76 de nuestra Carta Magna.
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