Analizan penas mayores a quienes empleen en trabajos riesgosos a menores de 18 años
Ángel Pineda
A la Comisión de Justicia del Congreso del estado fue turnada una iniciativa de adición al Código Penal del estado para castigar con 3 y hasta 6 años de prisión a quienes empleen a una persona menor de 18 años en trabajos no permitidos o riesgosos.
En su exposición de motivos, la diputada Diana Bernabé Vega citó que la Organización Internacional del Trabajo define al trabajo infantil como todo aquel que priva a niñas, niños y adolescentes de su potencial y dignidad, lo que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico y le produce efectos negativos, inmediatos o futuros para su desarrollo físico, mental, psicológico o social, obstaculizando su asistencia o permanencia en la escuela.
Añade que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) define el trabajo infantil cuando niñas, niños y adolescentes de 5 a 17 años participan en una o más formas de trabajo no permitidas, como las que realizan personas de este grupo de edad en la producción de bienes y servicios destinados al mercado, o en ocupaciones de sectores económicos, lugares o actividades peligrosas.
Mencionó que para minimizar el problema del trabajo de menores en México y en Guerrero, se requiere de una aplicación más estricta de las leyes y una mayor regulación que garantice condiciones laborales favorables y flexibles para aquellos menores que se encuentran dentro de la edad legal para trabajar.
Ante esto, Bernabé Vega propone que, para disminuir y en su caso erradicar el trabajo y explotación infantil, se plantea por medio de esta iniciativa de ley incorporar al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Guerrero el artículo 172 Bis del capítulo II, denominado “Delitos contra la integridad de los menores”.
Con lo anterior, se sancionará a quien emplee a una persona menor de 18 años con prisión de 3 a 6 años y 300 a 600 días de multa, incurriendo en la misma pena el padre, madre o tutor.
Además, a los dueños de negocios, comerciantes y servidores públicos que empleen a personas menores de 18 años, se les impondrá una pena de 4 a 8 años de prisión, y de 400 a 800 días de multa.