Desmintiendo a la oposición: reformas a la Ley de Amparo y Amnistía
¡La derecha es mitómana!
CMR
Antecedentes históricos de la Ley de Amparo, nace en México para el mundo, fue en el estado de Yucatán, en 1841, que se creó la Ley de Amparo, uno de sus creadores fue Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá, posteriormente se adoptó en la Constitución de 1857, conforme al proyecto elaborado por Mariano Otero. De ahí nace la famosa fórmula Otero, que protege sólo a quien o quienes logran un amparo contra leyes.
Con la reforma a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo no se afecta a ningún mexicano en sus derechos constitucionales, ya que estos están protegidos por nuestra Carta Magna, y la oposición solamente quiere engañarnos y distorsionan la verdad.
Con dicha reforma a los artículos mencionados en el párrafo anterior, no afecta el proceso del juicio de amparo, sino más bien busca que los jueces dejen de abusar sobre el otorgamiento de las suspensiones provisionales, quitándoles la discrecionalidad que tenían antes de esta reforma.
Los jueces concedían suspensión provisional beneficiando al interés económico y no al interés social, afectando los intereses de todo el pueblo de México, es decir, la Suprema Cortesana, no da justicia a los mexicanos.
En ejemplo claro, es lo que hacía el melena de bolillero, Claudio X González, jefe de los del PRIANRDMC, que a través de su asociación impugnaba todas las obras de gran calado, que el presidente Andrés Manuel López Obrador venía ejecutando incluso personas que no tenían ningún interés social en dicha obra, el fin era atrasar dicha construcción o incluso paralizarla, afectando el interés social de todos los mexicanos.
La reforma a Ley de Amnistía, antecedentes históricos. En abril del 2020, Andrés Manuel López Obrador, todos los partidos políticos y el Congreso de la Unión, aprobaron la Ley de Amnistía, que consistía en 8 artículos y que fijó el procedimiento para amnistiar a personas en situación vulnerable, procesadas y sentenciadas por delitos menores.
Por lo regular mujeres presas acusadas por abortar o personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas que durante su proceso judicial no se les garantizó el derecho a tener intérpretes o defensores, así como a personas consumidoras de narcóticos que portaban cantidades mínimas.
No se les otorgaba amnistía a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, secuestro o que hayan usado durante el delito armas de fuego, ni tampoco por delitos graves del orden federal.
La reforma que se propone y que fue aprobada, consiste en incluir un artículo nuevo, que sería el noveno, donde el ejecutivo podrá otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido en esta Ley, y que sean casos relevantes para el Estado Mexicano.
La comisión que se encargaba de la investigación se tardaba y finalmente no se cumplía con el objetivo, de ahí el sentido de dicha reforma; se rumora que al primero que indultará nuestro presidente, será a Israel Vallarta, preso en el penal del Altiplano, afectado por el montaje en el 2005, realizado por Carlos Loret de Mola, alías Lord Montajes, y que no ha sido sentenciado por el Poder Judicial, estando 19 años, esperando justicia.
El primer indulto que hará nuestro presidente Andrés Manuel López Obrador dejará en vergüenza a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como a la oposición mitómana al decir, que el mandatario dejará libres a peligrosos delincuentes, lo que es completamente falso, y finalmente les digo, ¡Hay Toro!