Aprueba el Congreso reformas para fortalecer las funciones de la Auditoría Superior del Estado
Ángel Pineda
El Congreso del estado aprobó por unanimidad un dictamen de reforma y adiciones a la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado para proporcionar mayores herramientas jurídicas a la Auditoría Superior del Estado (ASE) y garantizar que su labor sea más eficiente y transparente, favoreciendo el cumplimiento puntual de la comprobación de los recursos públicos y su correcta aplicación.
Al fundamentar el dictamen en su calidad de presidente de la Comisión de Vigilancia y Evaluación de la ASE, el diputado Jacinto González Varona informó que se realizó un proceso de análisis y mesas de trabajo entre las áreas técnicas de la comisión ordinaria y de la citada institución, a fin de establecer la viabilidad de las reformas, derivando en la dictaminación en sentido positivo de la iniciativa, por considerar que es oportuna y procedente.
El también diputado promovente dijo que con estas modificaciones se fortalece la fiscalización y se dota de certeza a la ciudadanía en cuanto al ejercicio y uso de los recursos públicos otorgados a los Poderes del Estado, órganos autónomos e instituciones encargadas de proveer servicios y bienestar social a la población.
Por cuanto a la entrega de las cuentas públicas al concluir las administraciones municipales, y ante la falta de sanciones, indicó que se agrega a este ordenamiento garantizar el derecho de audiencia de las personas que dejan el cargo.
Se propone, además, el incremento en las sanciones por incumplimiento en la presentación de la cuenta pública, con multas de 2000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, independientemente del fincamiento de las responsabilidades administrativas y penales.
Respecto a la ausencia de la persona titular de la ASE, se plasma que serán cubiertas por las personas titulares de las auditorías especiales, en el orden que señale el reglamento, y en caso de ausencia definitiva, la comisión legislativa dará cuenta al Congreso para que en un plazo no mayor a 30 días emita la convocatoria correspondiente para designar a la persona titular, sin menoscabo de quien cubra la ausencia de la o el titular, continúe los trabajos de fiscalización y las actividades o funciones que no requieran cambios sustanciales atribuidos exclusivamente a quien ejerce la titularidad, además de que no podrá, bajo ninguna circunstancia, realizar contrataciones de personal o modificaciones salariales.
De la misma forma, para eficientar los procesos de fiscalización y de auditoría, favorecer la interacción con los entes fiscalizables, agilizar los plazos y economizar los canales de comunicación en los procesos administrativos, se implementa el buzón digital, como una herramienta tecnológica que permitirá la comunicación virtual y ágil para impactar positivamente en el cumplimiento de las obligaciones de rendición de cuentas.