Aprueban dictamen para eliminar pago vitalicio al 100% a magistrados del TSJ
Según los promotores, es “injusto, desproporcional e inequitativo”
Antonio Hernández
La Comisión de Justicia del Congreso local ha aprobado un dictamen con proyecto de decreto que propone la eliminación del retiro vitalicio equivalente al 100 por ciento de las percepciones de los magistrados y jueces del Tribunal Superior de Justicia (TSJ). La reforma del artículo 71 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, promovida por el diputado del PRD, Bernardo Ortega Jiménez podría ser discutida en el pleno.
El artículo 71 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente establece que los magistrados del TSJ, al retirarse, tienen derecho “a un haber de retiro de carácter vitalicio equivalente al 100 por ciento durante los dos primeros años y al 70 por ciento durante el resto del tiempo, del ingreso mensual que corresponda a los magistrados en activo”. Asimismo, señala que cuando los magistrados se retiren sin haber cumplido quince años en el cargo, “tendrán derecho a la remuneración de manera proporcional al tiempo de su desempeño en el ejercicio del cargo”.
En contraste, la propuesta de reforma indica que “el haber del retiro consiste en una prestación económica ‘personalísima e intransferible’, que se cubrirá mediante un único pago y en una sola exhibición”. La compensación será equivalente a tres meses de las remuneraciones que el magistrado o juez percibía al momento de la terminación de su cargo, así como el equivalente a un mes de remuneración por cada dos años de servicios prestados como magistrado o juez.
La iniciativa especifica que “el haber de retiro no se otorgará en los casos en que el magistrado o juez sea privado de su cargo en forma definitiva por sanción, de conformidad con las disposiciones de la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado”. Además, aclara que los derechos laborales y de retiro de los magistrados que provengan de la carrera judicial, hayan sido jueces o trabajadores del Poder Judicial del Estado, “serán respetados independientemente del haber de retiro como magistrado o juez”.
El dictamen fue enviado al pleno el pasado 5 de junio por los diputados de la Comisión de Justicia. Fue firmado por el presidente de la comisión, Jesús Parra García (PRI); la secretaria, Martha Tania González Pérez (Morena); el vocal Bernardo Ortega Jiménez (PRD); y la vocal Erika Guadalupe Delgado Vélez (Morena).
El 23 de mayo del 2023, el pleno del Congreso del estado tomó conocimiento de la iniciativa, que fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis y la emisión del dictamen correspondiente.
En la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente, el artículo 71 también indica: “Cuando los magistrados se retiren sin haber cumplido quince años en el ejercicio del cargo, tendrán derecho a la remuneración a que se refiere el párrafo anterior de manera proporcional al tiempo de su desempeño en el ejercicio del cargo”.
La reforma propuesta sugiere que “los magistrados del Tribunal Superior de Justicia al retirarse de manera voluntaria o forzosa tendrán derecho a un haber de retiro”, pero acota que “el haber por retiro no se otorgará en los casos en que el magistrado sea privado de su cargo en forma definitiva por sanción que dispongan la Constitución Política del estado, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos”.
La iniciativa estipula que el Tribunal Superior de Justicia del estado deberá incluir en su proyecto de presupuesto de egresos los recursos necesarios para cubrir el haber de retiro.
El principal argumento de la reforma es que la forma actual de otorgar el haber de retiro no corresponde a un retiro propiamente dicho, sino a una pensión vitalicia. Esto, según los promotores, es “injusto, desproporcional e inequitativo”, ya que después de solo quince años de servicio, los magistrados obtienen una pensión vitalicia con el 100 por ciento de su salario, lo que genera una carga excesiva para el estado.
La propuesta se apoya en el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ha sostenido en la Controversia Constitucional N/2A157 la necesidad de una equidad en la retribución del haber de retiro, otorgándose de manera “personalísima e intransferible” a quienes hayan fungido como magistrados o juzgadores del Poder Judicial del estado.
El 24 de mayo pasado, se celebró una reunión en la sede del Poder Legislativo con asesores del Poder Judicial estatal y la Comisión Dictaminadora para proporcionar detalles de la iniciativa.